Visa de turismo (tarjeta turística)
La visa de turismo o tarjeta turística se utiliza solamente para viajes de ciudadanos extranjeros que desean hacer de turismo a Cuba. Válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de 30 días y puede prorrogar 30 días más en el buró del hotel donde se hospeda o ante las autoridades de inmigración.
Los menores de edad deben tener su tarjeta de turismo aun cuando estén registrados en los pasaportes de los padres.
Documentos necesarios para su obtención directamente en el consulado:
Pasaporte válido
Formulario
Billete de avión con fecha de entrada y regreso
Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio. Todo pago debe realizarse mediante tarjeta de débito o crédito, depósito bancario o transferencia bancaria. No se aceptará pagos en efectivo. El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.
Documentos necesarios para su obtención vía correo postal
Fotocopia legible del pasaporte válido
Fotocopia legible del billete de Avión con fecha de entrada y regreso
Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio.
Sobre con suficientes sellos y dirección para el retorno del visado
NOTA: Si la solicitud se realiza por correos o a través de una tercera persona, se cobrará en adición, el arancel consular estipulado para este servicio.
Todo pago debe realizarse mediante tarjeta de débito o crédito, depósito bancario o transferencia bancaria. No se aceptará pagos en efectivo. El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.
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